Perdón Criminal

Perdón Criminal



Características del perdón criminal


Motivos penales/Casos criminales


Si se le considera inadmisible por motivos penales, puede solicitar una exención o perdon de inadmisibilidad por lo siguiente:

 

A.   Un delito que implique depravación moral (CIMT, por sus siglas en inglés);

NOTA: No es inadmisible por haber cometido un CIMT, y no necesita presentar una exención/perdon: si el delito fue un delito puramente político; si el delito fue un CIMT pero usted cometió solo un (1) CIMT, tenía menos de 18 años de edad en el momento en que cometió el delito y fue liberado de cualquier confinamiento en una prisión o institución correccional impuesto por el delito más de 5 años antes de la solicitud; o si el delito fue un CIMT, pero usted cometió solo un (1) CIMT, por el cual la pena máxima posible es 1 año o menos de prisión, y la pena real que recibió fue 6 meses o menos.

B. Una violación de las leyes y reglamentos de cualquier país o estado de los EE. UU. relacionada con una (1) sola infracción de posesión simple de 30 gramos o menos de marihuana;

C. Dos o más condenas, que no sean puramente políticas, por las cuales las sentencias de reclusión fueron un total de cinco años o más;

D. Prostitución;

E. Vicio comercializado ilegal, ya sea relacionado o no con la prostitución; y

F. Ciertos extranjeros involucrados en actividades delictivas graves que han invocado inmunidad de procesamiento.

 

 




El candidato también debe cumplir con ciertos estándares.


Los delitos cometidos por la persona extranjera deben estar relacionados únicamente con la prostitución o deben haber ocurrido hace más de 15 años. Incluso si no se cumple ninguna de estas condiciones, se pueden otorgar exenciones a familiares inmediatos de ciudadanos estadounidenses o residentes legales que puedan demostrar que su rechazo a la entrada causaría grandes dificultades debido a la separación familiar. Los hijos y cónyuges de ciudadanos estadounidenses y residentes legales que han sido maltratados también son elegibles.

El ciudadano extranjero debe demostrar que su admisión no pondrá en peligro la seguridad nacional ni la seguridad, y que ha sido rehabilitado efectivamente.


Incluso cuando se completan todos los elementos de calificación, el oficial que evalúa un caso determinado tiene autoridad discrecional para rechazar el caso, lo que hace que los juicios en estas circunstancias sean bastante impredecibles.


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